Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 264

Fecha del Boletín 
06-11-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151106-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 42

78
Madrid número 42. Procedimiento ordinario 1.692 de 2011-C

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.692 de 2011-C, entre la comunidad de propietarios de la calle Zurbano, número 58, de Madrid, contra don Eduardo Pérez Vázquez, don José Carlos Pérez Álvarez y doña María de la Ascensión Pérez Álvarez, en cuyos autos se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Primero. Que estimando la demanda inicial de estas actuaciones interpuesta por el procurador don Rafael Gamarra Megías, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Zurbano, número 58, de Madrid, contra doña María de la Ascensión Pérez Álvarez y don José Carlos Pérez Álvarez y don Eduardo Pérez Vázquez, debo condenar y condeno a dichos demandados a que abonen a la comunidad actora la suma de 9.519,72 euros, más los intereses legales correspondientes.

Segundo. Que debo desestimar y desestimo la demanda reconvencional formulada por la procuradora doña Gema Sainz de la Torre, en nombre y representación de don José Carlos Pérez Álvarez, contra la comunidad de propietarios de la calle Zurbano, número 58, de Madrid, absolviendo a dicha reconvenida de las pretensiones contenidas en la reconvención.

Tercero. Debo condenar y condeno a los demandados al pago de las costas de la demanda principal salvo a don Eduardo Pérez Vázquez, respecto del cual no se hace pronunciamiento en cuanto a las costas, y debo condenar y condeno a don José Carlos Pérez Álvarez al pago de las costas de la reconvención.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días ante este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, y conforme a la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, para la interposición de dicho recurso de deberá depositar en la cuenta de este Juzgado la cantidad de 50 euros.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a doña María de la Ascensión Pérez Álvarez expido y firmo la presente en Madrid, a 22 de septiembre de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/5.360/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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