Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
04-11-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151104-239

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 39

239
Madrid número 39. Procedimiento 808 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Leonor González Mosqueira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 39 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 808 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Daniel Berdices Garnacho, don Luis Berdices Dumont, don Miguel Ángel Berdices Garnacho y doña Nuria Berdices Garnacho, frente al Fondo de Garantía Salarial, “La Bilbaína, Sociedad Anónima”, “Pescados Iturralde, Sociedad Anónima”, y doña Belén Martín Gil (administradora concursal), sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Daniel Berdices Garnacho y sostenida por doña Nuria, don Daniel y don Miguel Berdices Garnacho, en su condición de herederos y causahabientes de don Luis Berdices Dumont, frente a la empresa “Pescados Iturralde, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro improcedente el despido objeto del enjuiciamiento, de fecha de efectos 24 de mayo de 2014, y resuelto el contrato de trabajo que unía a las partes en fecha 23 de septiembre de 2014, condenando a la empresa demandada a que, no siendo posible la readmisión, abone en concepto de indemnización legal al demandante la cantidad de 35.926,86 euros y 7.010,12 euros por salarios de tramitación. Asimismo, debo condenar y condeno a la citada demandada al pago al actor de la cantidad de 2.312,20 euros en concepto de cantidad bruta reclamada, que deberá ser incrementada con el recargo del 10 por 100 de interés por mora.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo y con las formalidades que se establecen en el texto refundido de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Pescados Iturralde, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.850/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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