Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
04-11-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151104-195

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

195
Madrid número 29. Ejecución 10 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 10 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Morcuende Blanco, frente a “Bahiti Decoración y Servicios, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Elena Mónica de Celada Pérez.—En Madrid, a 2 de octubre de 2015.

Visto el estado de las actuaciones y no constando la retirada del importe de 196,13 euros en concepto de sobrante, puesto a disposición de la empresa ejecutada “Bahiti Decoración y Servicios, Sociedad Limitada”, en fecha 30 de abril de 2015, se acuerda reiterar su puesta a disposición bajo apercibimiento de que de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, por el que se regulan los depósitos y consignaciones judiciales en metálico, de efectos y valores, se procederá a transferir la cantidad a la “Cuenta de fondos provisionalmente abandonados” si una vez transcurrido un año desde la fecha de requerimiento no ha sido entregado y cobrado el referido importe.

Dicho mandamiento podrá ser retirado ante la Secretaría de este Juzgado los miércoles, de diez a catorce horas, una vez firme la presente resolución.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bahiti Decoración y Servicios, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de octubre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.532/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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