Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
04-11-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151104-150

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

150
Madrid número 14. Procedimiento 785 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Cristina Oro-Pulido Miguel, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 785 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergio Adán Domínguez, frente a “2014 Opetrans Logística, Sociedad Limitada”, y “Talleres y Carrocerías Román, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por don Sergio Adán Domínguez, frente a las mercantiles “Talleres y Carrocerías Román, Sociedad Limitada”, y “2014 Opetrans Logística, Sociedad Limitada”, y en consecuencia, declaro la improcedencia del despido, condenando a la empresa “Talleres y Carrocerías Román, Sociedad Limitada”, a que admita al trabajador en las condiciones preexistentes al despido o, a que si así lo manifiesta por escrito o mediante comparecencia, ante este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, le indemnice con la cantidad de 651,34 euros, así como, en el caso de optar por la readmisión, al abono de los salarios devengados desde el despido por importe diario de 47,37 euros.

Condeno a la mercantil “Talleres y Carrocerías Román, Sociedad Limitada”, al abono de la cantidad de 2.107,13 euros.

Declaro la existencia de una sucesión de empresas, condenando a la mercantil “2014 Opetrans Logística, Sociedad Limitada”, a subrogarse en los derechos y obligaciones laborales y de la Seguridad Social, respetando específicamente la antigüedad del trabajador desde el día 16 de enero de 2015.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra la misma podrá interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia o por simple manifestación en el momento de la notificación. Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en el “Banco Santander” a nombre de este Juzgado con el número 2512/0000/00/0785/15, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso en el período comprendido hasta la formalización del recurso, así como en el caso de haber sido condenado a alguna cantidad consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la calle Princesa, número 2, con el número 2518, la cantidad objeto de condena o formalizar aval bancario por dicha cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista, incorporándose a este Juzgado con el anuncio de recurso.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “2014 Opetrans Logística, Sociedad Limitada”, y “Talleres y Carrocerías Román, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.744/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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