Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
04-11-2015

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151104-60

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORALEJA DE ENMEDIO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

60
Moraleja de Enmedio. Organización y funcionamiento. Uso de medios electrónicos Junta de Gobierno Local

Uso de medios electrónicos para convocatorias, órdenes del día y borradores de las sesiones de la Junta de Gobierno Local.—Por medio de la presente se pone en conocimiento general que, por la Junta de Gobierno Local de 19 de agosto de 2015, se ha aprobado el siguiente acuerdo:

Primero.—Acordar que las convocatorias, órdenes del día y borradores de las actas de las sesiones de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio se notifiquen a los miembros que forman parte de los mismos por medios electrónicos y en las condiciones que se establecen en el presente acuerdo, sin perjuicio del desarrollo reglamentario conforme al artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

Segundo.—El acuerdo de notificación por medios electrónicos del apartado primero anterior supone el señalamiento de dicho medio y a la dirección de correo electrónico facilitada o dirección corporativa creada por el Ayuntamiento a tal efecto, como preferente y consentido en su utilización por los concejales y concejalas de este Ayuntamiento a los efectos del artículo 28 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

Tercero.—La práctica de la notificación electrónica de las convocatorias, órdenes del día y borradores de las actas de las sesiones de los órganos colegiados se establece en el presente acuerdo y conforme a las condiciones siguientes:

1.o La notificación se practicará electrónicamente acreditándose la fecha y hora en que se produzca la puesta a disposición del concejal o concejala del acto objeto de la notificación, así como la de acceso a su contenido.

2.o Paralelamente a la notificación, se comunicará por medio telefónico y/o telemático al concejal o concejala la realización efectiva de la actuación administrativa objeto de la notificación, con la finalidad de que el destinatario de la misma acuse recibo que deje constancia de su recepción y que se originará en el momento del acceso al contenido de la notificación.

3.o Como consecuencia de la práctica de varias notificaciones de un mismo acto administrativo se entienden producidos todos los efectos jurídicos derivados de la notificación a partir de la primera notificación correctamente practicada conforme a lo dispuesto en la parte segunda del apartado tercero de este acuerdo.

Cuarto.—Se entiende consentida y efectuada la práctica de notificación por medios electrónicos de las convocatorias, órdenes del día y borradores de las actas de las sesiones de los órganos colegiados de este Ayuntamiento, cuando tras haberlas realizado conforme a lo anterior el concejal o concejala realice actuaciones que supongan el conocimiento del contenido y alcance de la resolución o acto objeto de la notificación.

Quinto.—Notificar el presente acuerdo a todos los concejales que forman parte de la Junta de Gobierno Local, para su conocimiento y cumplimiento y con los efectos determinados en el presente acuerdo, sin perjuicio de su efectividad desde su aprobación por la Junta de Gobierno Local y dar traslado del mismo a los servicios municipales.

Sexto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID conforme al artículo 27.4 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, y artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Moraleja de Enmedio, a 25 de agosto de 2015.—La alcaldesa, María del Valle Luna Zarza.

(03/31.553/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151104-60