Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 262

Fecha del Boletín 
04-11-2015

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151104-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVALCARNERO

URBANISMO

62
Navalcarnero. Urbanismo. Modificación estatutos Junta Compensación

Aprobación inicial de la modificación de los estatutos de la Junta de Compensación del Sector I-10 del Plan General de Ordenación Urbana de Navalcarnero.

Por Junta de Gobierno Local de fecha 4 de febrero de 2015, se acordó admitir a trámite y aprobar inicialmente la modificación de los Estatutos de la Junta de Compensación del Sector I-10, del Plan General de Ordenación Urbana de Navalcarnero, referidos a los artículos 3 y 22 de los mismos, según acuerdo adoptado por la Asamblea General de la Junta de Compensación en sesión celebrada el 27 de marzo de 2014, que pasarán a tener la siguiente redacción respectivamente:

“Artículo 3. Domicilio.—1. La Junta de Compensación del Sector I-10 tiene su domicilio en Villaviciosa de Odón (Madrid), calle Fernando III, número 6, Oficentervilla, código postal 28670.

2. Este domicilio podrá ser trasladado a otro lugar dentro de la misma localidad, previo acuerdo del Consejo Rector, que deberá ser notificado al Ayuntamiento de Navalcarnero para su posterior constancia en el Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras de la Comunidad de Madrid”.

“Artículo 22. Duración del cargo de Consejero.—1. El nombramiento de los cargos del Consejo Rector tendrá una duración de cuatro años, pudiendo procederse a su reelección ilimitadamente por períodos iguales, en virtud de acuerdo expreso de la Asamblea General.

2. En caso de fallecimiento o renuncia de uno o más componentes de Consejo Rector, en la misma reunión en que así lo decida, habrá de acordarse el nombramiento provisional de las personas que hubieran de sustituirles hasta la renovación inmediata del Consejo”.

Por ello, se somete el expediente y la modificación de los Estatutos de la Junta de Compensación del Sector I-10, del Plan General de Ordenación Urbana de Navalcarnero, al trámite de información pública durante el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el que podrá examinarse la documentación en las Oficinas Municipales, por cuantos se consideren afectados y formular las alegaciones que se tengan por convenientes, de conformidad con lo previsto en los artículos 161 y 162 del vigente Reglamento de Gestión Urbanística.

Navalcarnero, a 26 de febrero de 2015.—El alcalde-presidente, Baltasar Santos González.

(02/1.438/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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