Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
03-11-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151103-83

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 85

83
Madrid número 85. Procedimiento 1.043 de 2013

EDICTO

Doña María Gracia Fernández Morán, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 85.

Da fe: Que, en este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia, divorcio contencioso número 1.043 de 2013, instados por el procurador don Fernando María García Sevilla en nombre y representación de don José Antonio Rivera Cerro, contra don Sergio Santiago Guimaraes Cordeiro, en los que se ha dictado, en fecha 22 de septiembre de 2015, sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que, estimando la demanda presentada por el procurador don Fernando García Sevilla en nombre y representación de don José Antonio Rivera Cerro, frente a don Sergio Santiago Guimaraes Cordeiro en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio formado por los cónyuges don José Antonio Rivera Cerro y don Sergio Santiago Guimaraes Cordeiro, celebrado el día 26 de agosto de 2016 en Mojacar (Almería), con los efectos legales inherentes a tal situación.

Firme que sea esta resolución, líbrese oficio exhortatorio al encargado del Registro Civil, al que se acompaña testimonio de ella, a fin de que proceda a anotar su parte dispositiva en la correspondiente inscripción del matrimonio; y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el libro de sentencias.

A la vista de la rebeldía del demandado notifíquese la sentencia en la forma prevista en el artículo 500 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial, que deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación, lo pronuncio, mando y firmo.

Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado don Sergio Santiago Guimaraes Cordeiro y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

Siendo aplicable la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y demás legislación vigente en la materia, los datos contenidos en esta comunicación y en la documentación adjunta son confidenciales, quedando prohibida su transmisión o comunicación pública por cualquier medio o procedimiento y debiendo ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia.

En Madrid, a 23 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(02/5.171/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151103-83