Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 261

Fecha del Boletín 
03-11-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151103-252

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

252
Madrid número 28. Ejecución 72 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Luis Espinosa Navarro, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 72 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Moya García, frente a doña Marielena Cuello Martínez, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 14 de marzo de 2014.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que se ha presentado escrito en fecha 20 de febrero de 2014 en la Delegación del Decanato por doña Marielena Cuello Martínez, que ha sido remitido a este Juzgado por tratarse de reclamación de honorarios referida al procedimiento número 372 de 2013 de este órgano judicial. Doy fe.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Yolanda Caballero Martín.—En Madrid, a 14 de marzo de 2014.

Visto el contenido del anterior escrito sobre reclamación de honorarios, fórmese el oportuno procedimiento y regístrese en el libro correspondiente. Conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, requiérase a doña Marielena Cuello Martínez para que, en término de diez días, ingrese en la cuenta de este Juzgado número 2526-0000-68-0072-14 la cantidad a que dicho escrito se refiere en concepto de honorarios profesionales, 329,72 euros, o bien impugne los mismos por indebidos o por excesivos. Advirtiéndose de que, si dentro del citado plazo no se ingresa la cantidad ni se impugnan los honorarios, se seguirá la vía de apremio contra sus bienes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social. Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Marielena Cuello Martínez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de octubre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/29.503/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151103-252