Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
24-10-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151024-85

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

85
Procedimiento ordinario 473 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 473 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gabriel Euclides Ochoa Villamarín, don Gheorghe Iulian Boha y don Juan Manuel Sánchez Guisando, frente a “Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se tiene por no formalizado el recurso de suplicación anunciado por don Juan Manuel Sánchez Guisando, don Gheorghe Iulian Boha y don Gabriel Euclides Ochoa Villamarín contra la sentencia de fecha 16 de diciembre de 2014 dictada en los presentes autos.

Se declara firme la sentencia de fecha 16 de diciembre de 2014 dictada en los presentes autos. Procédase al cierre y archivo de las presentes actuaciones una vez sea firme esta resolución, y se haya verificado lo anterior, sin perjuicio de que pueda ser solicitada, en su caso, la ejecución.

Modo de impugnación: mediante recurso de queja, ante el Tribunal Superior de Justicia, en el plazo de diez días desde la notificación de esta resolución, debiendo acompañar copia de la presente resolución de acuerdo con el artículo 495 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, según redacción dada por el artículo 4, apartado 23, de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de refuerzo de lo social doña Laura Alonso Martín.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Control, Orden y Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de septiembre de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/28.562/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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