Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 252

Fecha del Boletín 
23-10-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151023-180

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE A CORUÑA NÚMERO 1

180
Ejecución 202 de 2015

EDICTO

Doña María Blanco Aquino, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de A Coruña.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 202 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Riveiro Rodríguez, contra la empresa “I-Vamos Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de constancia de la secretaria judicial, doña María Blanco Aquino.—En A Coruña, a 18 de septiembre de 2015.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en el Juzgado de lo social número 1 de A Coruña se han dictado auto y diligencia de ordenación de fecha 18 de septiembre de 2015 dirigidos a “I-Vamos Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, pudiendo interponer el oportuno recurso de reposición en el plazo de tres días, haciéndole saber que en dicho órgano judicial los interesados podrán tener conocimiento íntegro del acto.— Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “I-Vamos Empresa de Servicios Especializados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En A Coruña, a 18 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/28.386/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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