Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
19-10-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151019-113

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

113
Procedimiento ordinario 798 de 2015-M

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Silvia Valdés González, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 798 de 2015-M de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Irene Espejo Vega, frente a don José Luis Martín Gómez, sobre reclamación de honorarios, se ha dictado en fecha 29 de julio de 2015 resolución del tenor literal siguiente:

En Madrid, a 29 de julio de 2015.—En fecha 23 de julio de 2015 se recibió en la Secretaría de este Juzgado la anterior demanda de reclamación de honorarios presentada por la letrada doña Irene Espejo Vega, fórmense autos.

Con carácter previo, visto que la letrada demandante no designa en su demanda ningún domicilio a efectos de notificaciones, obténgase de la aplicación informática disponible en este Juzgado el domicilio de la letrada que conste en el ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

De conformidad con lo previsto en el artículo 35 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se requiere a don José Luis Martín Gómez a fin de que en el plazo de diez días proceda a abonar la cantidad de 1.279,88 euros en concepto de honorarios reclamados por la letrada demandante, mediante su ingreso en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado abierta en el “Banco Santander” bajo el número 2519/0000/00/0798/15; o bien proceda a la impugnación de los honorarios reclamados, por indebidos o por excesivos.

Con apercibimiento de que, si se dejare transcurrir el plazo antedicho sin abonar los honorarios ni reclamarlos, se procederá sin más trámite por la vía de apremio.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don José Luis Martín Gómez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 16 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.761/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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