Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 248

Fecha del Boletín 
19-10-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151019-96

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

96
Ejecución 233 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 233 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Escarlata Vázquez Cal, frente a “Cenec Servicios, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Rafael Lozano Terrazas.—En Madrid, a 11 de mayo de 2015.

Por recibidos los anteriores oficios del Ministerio de Defensa, Ayuntamiento de San Sebastián de los Reyes, Gobierno Vasco, Comunidad de Madrid, Agencia para el Empleo de Madrid, Universidad Politécnica de Madrid y Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid, únanse a las presentes actuaciones con entrega de copias a la parte ejecutante a los efectos legales oportunos; y visto su contenido, se tienen por efectuadas las manifestaciones contenidas en los mismos.

Asimismo, quedando por abonar la suma de 831,72 euros de principal, más 99 euros de intereses provisionales y 99 euros de costas provisionales, acuerdo el embargo sobre los créditos que contra las empresas y/o entidades “Education Technology Cos Ibérica, Sociedad Limitada”, “Servicios Audiovisuales Overon, Sociedad Limitada”, “Ferblajo Formación, Sociedad Limitada”, “Maintenance Development, Sociedad Anónima”, “Torrón, Sociedad Limitada”, “Anadat Consulting, Sociedad Limitada”, “MCR Info Electronic, Sociedad Limitada”, “Selta España, Sociedad Anónima”, “Inster Instalaciones, Sociedad Anónima”, “Proticsa Servicios y Medios, Sociedad Limitada”, y Jefatura Intendencia Asuntos Económicos Centro, ostenta la empresa demandada por relaciones comerciales mantenidas con las mismas en lo que sea suficiente a cubrir las cantidades anteriormente referenciadas. A tal fin, líbrense los correspondientes oficios a las referidas empresas y/o entidades al objeto de requerirles, bajo su personal responsabilidad, para que en el plazo máximo de cinco días procedan a dar cumplimiento de lo acordado, transfiriendo a la “Cuenta de consignaciones y depósitos” en este Juzgado las cantidades adeudadas.

Asimismo, acuerdo el embargo de bienes muebles y/o semovientes (sobre todo, pero no excluyente, la caja y el dinero en metálico) de la ejecutada “Cenec Servicios, Sociedad Anónima”, con cédula de identificación fiscal número A-79085122, que se encuentren en el domicilio de la calle Galileo, número 26, local, de Madrid, en cuantía suficiente para cubrir la cantidad pendiente de abonar en la presente ejecución que asciende actualmente a la suma de 1.029,73 euros, en los términos previstos en el artículo 624 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. A tales efectos, líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Actos de Comunicación de Madrid al objeto de que por la comisión judicial proceda a dicho embargo, sirviendo dicho testimonio de mandamiento en forma, quien podrá solicitar, si fuera preciso, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentran los bienes cuya traba se pretende.

Asimismo, acuerdo el embargo del vehículo propiedad de la ejecutada “Cenec Servicios, Sociedad Anónima”, que a continuación se describe con los datos de identificación conocidos:

Matrícula 1733BVJ, marca “Peugeot”, modelo 607.

Número de bastidor VF39DXFXB92061375.

Y todo ello para asegurar la responsabilidad de dicha ejecutada por importe total de 1.029,72 euros. Líbrese y remítase directamente y de oficio mandamiento por duplicado al Registro Provincial de Bienes Muebles correspondiente, Sección de Automóviles y Otros Vehículos de Motor, obrante en el mismo, para que practique el asiento que corresponda relativo a la anotación del embargo sobre el vehículo indicado, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad que conste del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes, advirtiéndose que deberá comunicar a este Juzgado la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado (artículo 255 de la Ley de la Jurisdicción Social), y debiéndose devolver un ejemplar debidamente cumplimentado.

Asimismo, se acuerda el embargo del sobrante que pudiera existir en la ejecución forzosa seguida frente a la misma deudora bajo el número 61 de 2015 en el Juzgado de lo social número 20 de Madrid, librándose al efecto el oportuno oficio al referido Juzgado.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cenec Servicios, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de septiembre de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/27.626/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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