Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
14-10-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151014-81

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLLADO VILLALBA NÚMERO 2

81
Juicio verbal 921 de 2013

EDICTO

En el presente procedimiento de juicio verbal número 921 de 2013, seguido a instancias de don Juan Colmenarejo Pérez, frente a don Mohammed Larbi El Mazuzi, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia

En Collado Villalba, a 28 de marzo de 2014.—Vista por su señoría, doña Sara Rodríguez Huertas, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Collado Villalba, la causa seguida en este Juzgado como juicio verbal número 921 de 2013, en el que ha sido parte: como demandante, don Juan Colmenarejo Pérez, representado por la procuradora doña Lina María Esteban Sánchez y asistido por el letrado don Alfonso Bibiano Guillén, y como demandado, don Mohamed Larbi El Mazuzi, sin representación procesal ni asistencia jurídica.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Juan Colmenarejo Pérez, contra don Mohamed Larbi El Mazuzi, debo declarar y declaro la existencia de una deuda contraída por el demandado derivada del impago de la renta y cantidades asimiladas, condenando por todo ello al demandado al pago al actor de la cantidad adeudada consistente en 3.518,65 euros en concepto de principal, más los intereses legales correspondientes; con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia en legal forma a las partes.

Líbrese y únase certificación de esta resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma y del que, en su caso, conocerá la Audiencia Provincial de Madrid.

Y encontrándose dicho demandado don Mohamed Larbi El Mazuzi en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Collado Villalba, a 29 de abril de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(02/5.058/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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