Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151010-34

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 29

34
Procedimiento ordinario 395 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Elena Mónica de Celada Pérez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 29 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 395 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Belén Expósito Brigidano, frente al administrador de “Infraestructuras Ferroviarias” (ADIF), “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, y “Prosegur, Compañía de Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda formulada por doña Belén Expósito Brigidano, contra “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, “Prosegur, Compañía de Seguridad, Sociedad Anónima”, y el administrador de “Infraestructuras Ferroviarias” (ADIF), debo condenar y condeno a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, a abonar a la actora la cantidad de 854,02 euros, más los intereses previstos en el artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores, esto es, un interés legal de demora del 10 por 100 anual sobre la cantidad de 810,18 euros, y debo absolver y absuelvo a “Prosegur, Compañía de Seguridad, Sociedad Anónima”, y al administrador de “Infraestructuras Ferroviarias” (ADIF), de las pretensiones deducidas frente a ellos.

Se advierte a las partes que la presente resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno.

De conformidad con el artículo 23.1 y 6 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, póngase la presente resolución en conocimiento del Fondo de Garantía Salarial a los efectos oportunos.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Guillermo Solar Rodríguez.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 8 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.069/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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