Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 241

Fecha del Boletín 
10-10-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151010-29

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

29
Ejecución 233 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 233 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Abdelali Barkhioua El Atifi, don Alexander Esplendor Alves, don Arturo Ochoa Herrero, don Cristobalino Beltre, don David Ricardo Pérez González, don Francisco Javier Pereira Molaes, don Luis Villa Jiménez, don Óscar Albitos Puentes, don Paulino García Nieto y don Pepe Marcelo Chango Pérez, frente a “Icimar, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto de ejecución (resto de los demandantes), cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Óscar Albitos Puentes, don Alexander Esplendor Alves, don Francisco Javier Pereira Molaes, don Luis Villa Jiménez, don Pepe Marcelo Chango Pérez, don Arturo Ochoa Herrero, don Cristobalino Beltre, don Abdelali Barkhioua El Atifi y don Paulino García Nieto, frente a la demandada “Icimar, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 177.041,35 euros, más 20.000 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación. Ascendiendo la suma total por la que se despacha ejecución por el concepto de principal a 239.557,36 euros (de los cuales 62.516,01 euros corresponden al principal de don David Ricardo Pérez González) y a 26.500 euros de intereses y costas provisionales (de los cuales 6.500 euros pertenecen a don David Ricardo Pérez González).

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2510/0000/64/0233/14.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Jacob Jiménez Gentil.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Icimar, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/27.158/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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