Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
08-10-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151008-56

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 37

56
Juicio verbal 1.067 de 2014

EDICTO

NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA

Doña Purificación Fernández Suárez, secretaria judicial con destino en el Juzgado de primera instancia número 37 de Madrid.

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de juicio verbal número 1.067 de 2014 a instancias de “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Juan Luis Cárdenas Porras, contra doña Rosa Isabel Meléndez Germán, doña Margarita Germán, doña Rosa Casilla Germán y doña María Madalena Geraldo, y ante el ignorado domicilio de las demandadas que a continuación se indican se ha acordado librar el presente, a fin de notificar a las mismas la sentencia de 25 de marzo de 2015, dictada en el procedimiento de referencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima”, contra doña Rosa Isabel Meléndez Germán, doña Margarita Germán, doña Rosa Casilla Germán y doña María Madalena Geraldo:

1.o Declaro haber lugar a la acción de recobrar la posesión instada por “Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Sociedad Anónima” respecto de la vivienda sita en la calle Arechavaleta, número 40, quinto D, de Madrid.

2.o Condeno a doña Rosa Isabel Meléndez Germán, doña Margarita Germán, doña Rosa Casilla Germán y doña María Madalena Geraldo a abandonar y desalojar la vivienda situada en la calle Arechavaleta, número 40, quinto D, de Madrid, retirando de la misma todos los enseres que haya en su interior, con el apercibimiento de que los enseres, bienes y personas serán desalojados mediante lanzamiento el 18 de mayo de 2015, a las trece horas, si no lo desalojan voluntariamente.

3.o Condeno a la parte demandada al pago de las costas de esta instancia, siendo estos efectos la cuantía del pleito de 120.322,50 euros.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles de que contra la misma podrán interponer ante este Juzgado recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación. No se admitirá el recurso en el caso de que no se acreditara previamente por la parte que pretendiera interponerlo haber constituidos el depósito y las tasas preceptivos, a salvo de los derechos de justicia gratuita.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá certificación literal para su unión a los autos, incorporándose el original de la misma al libro de sentencias que en este Juzgado se custodia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia celebrando audiencia pública, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a las demandadas rebeldes, cuyo domicilio se ignora, doña Rosa Isabel Meléndez Germán, doña Margarita Germán, doña Rosa Casilla Germán y doña María Madalena Geraldo, a las que se les hace saber que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación, que podrá interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 15 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(02/5.027/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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