Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 238

Fecha del Boletín 
07-10-2015

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151007-48

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6

48
Procedimiento 1.533 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento número 1.533 de 2014 se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 297 de 2015

En la ciudad de Alcalá de Henares, a 16 de abril de 2015.—Vistos por mí, Cristina Miláns del Bosch Sánchez-Galiano, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 6 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio especial verbal de relaciones paterno filiales número 1.533 de 2014, seguidos a instancias de doña Alexandra Giorgina Grigore, representada por la procuradora de los Tribunales, señora León Serrano, y defendida por el letrado señor Rodríguez Serrano, contra don Emilian Nicu Buruiana, sin representación procesal, interviniendo el ministerio fiscal, y los siguientes,

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña Alexandra Giorgina Grigore, contra don Emilian Nicu Buruiana, debo acordar y acuerdo las medidas personales y patrimoniales consignadas en el fundamento jurídico segundo de esta resolución, y todo ello sin condena en costas, soportando cada parte las causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días siguientes al de su notificación y del que conocería la Audiencia Provincial de Madrid.

Así, por esta mi sentencia, en nombre del Rey, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Emilian Nicu Buruiana, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Alcalá de Henares, a 16 de abril de 2015.—El secretario (firmado).

(02/4.586/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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