Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
06-10-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151006-266

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

266
Ejecución 152 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 152 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jeaninna Linsay Cavera Falcón, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Fosmatín, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Se aprueba la tasación de costas y la liquidación de intereses practicada por la suma de 1.278,34 euros a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.

Póngase a disposición de doña Jeaninna Linsay Cavera Falcón la cantidad de 37,24 euros en concepto de liquidación de intereses; a disposición del letrado don Ángel Luis Barrasa Lobo la cantidad de 1.241,10 euros en concepto de honorarios reclamados, y devuélvase a “Fosmatín, Sociedad Limitada”, la cantidad de 145,09 euros en concepto de sobrante, librándose al efecto los oportunos mandamientos.

Notifíquese esta resolución a las partes, y firme que sea archívese la presente pieza de ejecución dejando nota bastante en los libros de registro de este Juzgado.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, IBAN ES55/0049/3569/92/0005001274, número 2708/0000/64/0152/14.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Fosmatín, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 16 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.652/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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