Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
06-10-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151006-208

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

208
Procedimiento ordinario 922 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Alfonso Lozano de Benito, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 922 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Esther Burgos Jiménez, frente a “Jacali, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por doña María Esther Burgos Jiménez, contra “Jacali, Sociedad Anónima”, con citación del Fondo de Garantía Salarial:

1. Condeno a “Jacali, Sociedad Anónima”, a abonar a la demandante la cantidad de 1.760,41 euros, más la cantidad de 176,04 euros en concepto de intereses moratorios.

2. Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por ello.

Notifíquese la presente resolución a las partes, indicando que contra la misma, en atención a la cuantía reclamada, no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Jacali, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 7 de septiembre de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/26.508/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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