Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
06-10-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151006-174

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

174
Ejecución 121 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 121 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Julia Irene Coronel Vargas, frente a “Resator Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto de ejecución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Despachar orden general de ejecución de la sentencia y del auto a favor de la parte ejecutante doña Julia Irene Coronel Vargas, frente a la demandada “Resator Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 8.680,01 euros (de los cuales 2.289,62 euros son por el concepto de cantidad y 6.390,39 euros por el concepto de despido), más 930 euros (230 euros, más 700 euros) de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número 2510/0000/64/0121/15.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Francisca Arce Gómez.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Resator Servicios Auxiliares, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.624/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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