Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 237

Fecha del Boletín 
06-10-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151006-156

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

156
Ejecución 176 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 176 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Concejal Recio, frente a “Talleres Lemm Calidad y Servicio, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 7 de septiembre de 2015.—Por todo lo cual,

Parte dispositiva:

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don Carlos Concejal Recio, frente a “Talleres Lemm Calidad y Servicio, Sociedad Limitada”, requiriéndose a la demandada para que reponga al trabajador en su puesto de trabajo en el plazo de tres días hábiles.

Notifíquese esta resolución a las partes, y habiéndose notificado hasta la fecha a la empresa “Talleres Lemm Calidad y Servicio, Sociedad Limitada”, mediante edictos, notifíquese la presente resolución por medio de edictos a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2507/0000/64/0176/15, y pudiendo la parte demandada deducirse, en el mismo escrito, la oposición a la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para lo que tiene el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto, tal y como establece el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don José María Reyero Sahelices.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Talleres Lemm Calidad y Servicio, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de septiembre de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/26.636/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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