Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 235

Fecha del Boletín 
03-10-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151003-16

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

16
Ejecución 178 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 178 de 2015, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Cotrina Saavedra, frente al Fondo de Garantía Salarial e “Impulsa Contact Center, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que ha transcurrido en exceso el plazo concedido para formalizar el recurso de suplicación anunciado de lo que doy fe.

Diligencia.—En Madrid, a 2 de septiembre de 2015.

La extiendo yo, la secretaria Judicial, para hacer constar que ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias, presentado por doña Cristina Cotrina Saavedra, solicitando la ejecución de sentencia, por la que se condena a “Impulsa Contact Center, Sociedad Limitada”, al pago de cantidad líquida; así mismo, hago constar que dicho título es firme.

Por otro lado, aparte de esta resolución se calculan los intereses moratorios que deberán añadirse al principal según condena, y que se establecen en el 10 por 100 anual. Paso a dar cuenta.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 2 de septiembre de 2015.

Parte dispositiva:

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, doña Cristina Cotrina Saavedra, frente a la demandada “Impulsa Contact Center, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 2.643,16 euros (desglose: 1.160,28 euros de indemnización más 1.336,09 euros de salarios de tramitación más 146,79 euros de intereses moratorios respecto de los salarios de tramitación), más 81,55 euros más 148,29 euros de intereses y costas de esta ejecución, respectivamente y calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander” 2511-0000-64-0178-15.

Así, por este su auto, lo acuerda, manda y firma, el ilustrísimo señor magistrado-juez, Ángel Juan Alonso Boggiero.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo:

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander” IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, número 2511-0000-64-0178-15.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial, María Isabel Tirado Gutiérrez.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Impulsa Contact Center, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/25.973/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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