Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
02-10-2015

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151002-98

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 96

98
Procedimiento ordinario 366 de 2013

EDICTO

Doña Rosario Negredo del Cerro, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 96.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 366 de 2013, instados por el procurador don Félix del Valle Vigón en nombre y representación de “Finance Madrid EFC, Sociedad Anónima”, contra don Alejandro Fernández Reyes y doña María Ángeles Ortega Pascual, en los que se ha dictado sentencia de fecha 27 de julio de 2015, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:

En Madrid, a 27 de julio de 2015.—Vistos por doña Begoña Álvarez García, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 96 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos ante este Juzgado bajo el número 366 de 2013, a instancias de “Finance Madrid EFC, Sociedad Anónima”, representada por el procurador don Félix del Valle Vigón, contra don Alejandro Fernández Reyes y doña María Ángeles Ortega Pascual, vengo a resolver conforme a los siguientes

Fallo

Se declara la nulidad de la cláusula de intereses moratorios incluida en el contrato sobre el que se basa la presente demanda, debiendo quedar al margen de este proceso cualquier reclamación amparada en la misma.

Estimo en parte la demanda formulada por el procurador don Félix del Valle Vigón en nombre y representación de “Finance Madrid EFC, Sociedad Anónima”, contra don Alejandro Fernández Reyes y doña María Ángeles Ortega Pascual, y condeno a los demandados a que abonen solidariamente a la actora la suma de 18.075,5 euros, sin hacer declaración en materia de costas.

En atención al desconocimiento del actual domicilio de los demandados don Alejandro Fernández Reyes y doña María Ángeles Ortega Reyes, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 27 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(02/4.787/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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