Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
02-10-2015

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151002-78

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

78
Delegación funciones

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se da publicidad a lo siguiente:

“Primero. Decreto de Alcaldía 789/2015, de 28 de julio.—Don Manuel Robles Delgado, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en virtud de las facultades que me confiere la legislación vigente, dicto el siguiente decreto:

Resultando que, motivado por las vacaciones estivales, el alcalde-presidente de este Ayuntamiento estará ausente del mismo durante el mes de agosto de 2015. Igualmente, tanto el primer teniente de alcalde como la segunda teniente de alcalde, estarán ausentes la segunda quincena de agosto.

Resultando que por decreto de esta Alcaldía 558/2015, de 15 de junio, se nombró a don Francisco Javier Ayala Ortega como primer teniente de alcalde y a don Isidoro Ortega López como tercer teniente de alcalde.

Considerando que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del Real Decreto 2586/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, corresponde a los tenientes de alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones, y por el orden de su nombramiento, al alcalde, en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones.

Por todo lo anterior, vengo en resolver:

Único.—Delegar, por motivos de ausencia, las atribuciones y funciones del alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, don Manuel Robles Delgado, en don Francisco Javier Ayala Ortega como primer teniente de alcalde, del 1 al 14 de agosto, y en don Isidoro Ortega López como tercer teniente de alcalde, del 15 al 31 de agosto.

Lo manda y firma el don Manuel Robles Delgado, alcalde-presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, de lo que, como secretario accidental, doy fe en Fuenlabrada, a 28 de julio de 2015”.

«Segundo. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 7 de agosto de 2015, punto 2, delegación de competencias.—Vista la propuesta presentada por el alcalde en funciones (decreto de Alcaldía 789/2015), que transcrita literalmente dice:

“Dada cuenta de la necesidad de proceder a la delegación de las competencias que la Junta de Gobierno Local tiene atribuidas con objeto de facilitar el funcionamiento del Gobierno municipal y conseguir una mayor agilidad, eficacia y coordinación en el ejercicio de las tareas del Gobierno.

Resultando que en virtud de decreto de esta Alcaldía-Presidencia 729/2011, de 13 de junio, se nombró a doña Teresa Fernández González como concejala en materia de sostenibilidad, obras públicas, mantenimiento urbano, mantenimiento de edificios públicos, sanidad, consumo, comercio y cooperación al desarrollo.

Considerando lo establecido por los artículos 28 y 29 de la Ley 1/1990, de 1 de febrero, de Protección de los Animales Domésticos:

Art. 28. 1. Para imponer las sanciones a las infracciones previstas en la presente Ley, será preciso seguir el procedimiento sancionador regulado por la Ley de Procedimiento Administrativo.

2. Las entidades locales podrán instruir en cualquier caso los expedientes infractores y elevarlos a la autoridad administrativa competente para que los resuelva.

Art. 29. La imposición de las sanciones previstas para las infracciones corresponderá:

a) A los Ayuntamientos, en el caso de infracciones leves y graves.

b) Al consejero competente en materia de animales domésticos, en el caso de infracciones muy graves”.

Considerando lo establecido por el capítulo X, relativo a infracciones y sanciones, de la ordenanza para la protección y el control de los animales domésticos del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Considerando lo establecido por el artículo 127.1.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, corresponde a la Junta de Gobierno Local ejercer la potestad sancionadora salvo que por ley esté atribuida a otro órgano.

Considerando lo establecido por el artículo 127.2, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, esta podrá delegar los demás concejales las funciones enumeradas en los párrafos e), f), g), h) con excepción de la aprobación de la relación de puestos de trabajo, de las retribuciones del personal, de la oferta de empleo público, de la determinación del número y del régimen del personal eventual y de la separación del servicio de los funcionarios, y l) del citado precepto.

Es por todo ello, y en virtud de lo anteriormente expuesto, que se propone a la Junta de Gobierno Local:

“Primero.—Delegar en doña Teresa Fernández González como concejala en materia de sostenibilidad, obras publicas, mantenimiento urbano, mantenimiento de edificios públicos, sanidad, consumo, comercio y cooperación al desarrollo, las competencias referentes al ejercicio de la potestad sancionadora regulada en la ordenanza para la protección y el control de los animales domésticos del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID”.

Visto el informe del titular de la asesoría jurídica.

La Junta de Gobierno Local acuerda, por unanimidad, aprobar la propuesta transcrita en todos sus términos».

En Fuenlabrada, a 17 de septiembre de 2015.—El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado.

(03/27.090/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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