Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
02-10-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151002-180

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

180
Ejecución 143 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento 143 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Álvaro Fernández Ortiz, frente a “Asesores de Garantías y Seguros, Sociedad Limitada”, “Red Europea de Asesores de Seguros, Sociedad Limitada”, y “Red Europea de Garantías de Vehículos, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Auto

En Madrid, a 1 de septiembre de 2015.—Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Dispongo: Declarar extinguida la relación laboral que en su día hubo entre el trabajador don Álvaro Fernández Ortiz y la empresa “Red Europea de Asesores de Seguros, Sociedad Limitada”, y condenar como condeno a esta última a abonar, en definitiva, a aquel la suma de 4.848,25 euros como indemnización, y la de 20.197,10 euros como salarios de tramitación.

Firme que sea, procédase al archivo de las actuaciones poniendo nota en el libro de registro de su razón, sin perjuicio de que pueda instarse su ejecución.

Notifíquese la presente a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación.

Así por este su auto, del que se elevará certificación a los autos de que dimana, lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Fernando Herrada Romero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 24 de Madrid, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Modo de impugnación: contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días, ante este órgano, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido. Se significa, además, que todo el que sin tener la condición de trabajador o causahabiente suyo, beneficiario del régimen público de la Seguridad Social o de justicia gratuita, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de ellos intente interponer recurso de reposición deberá efectuar un depósito de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, en el código cuenta corriente número 0049/3569/92/000500/1274 y al concepto clave 2522/0000/64/0143/15.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Asesores de Garantías y Seguros, Sociedad Limitada”, “Red Europea de Garantías de Vehículos, Sociedad Anónima”, y “Red Europea de Asesores de Seguros, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 1 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/26.052/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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