Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
01-10-2015

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20151001-49

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MÓSTOLES NÚMERO 7

49
Procedimiento 152 de 2011

EDICTO

En el juicio procedimiento número 152 de 2011 se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por la representación procesal de doña Raquel Fernández Álvarez, señora Guillén Casado, frente a don Carlos Humberto Abuin Suárez. Acordando las siguientes medidas:

1. Se atribuye a la madre la guarda y custodia de la hija menor, siendo la patria potestad compartida por los dos progenitores.

2. El padre abonará, en concepto de pensión de alimentos para la hija la suma de 300 euros mensuales, que se abonará dentro de los cinco primeros días de cada mes, en 12 mensualidades, en la cuenta que a tal efecto designe la madre, y que será actualizada anualmente conforme al IPC de la anualidad anterior establecido por el Instituto Nacional de Estadística u organismo que lo sustituya.

Los gastos extraordinarios de la hija serán abonados al 50 por 100 por ambos progenitores.

Sin hacer imposición en materia de costas.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en el término de veinte días para ante la Audiencia Provincial.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la señora magistrada-juez que la suscribe.—Doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Carlos Humberto Abuin Suárez, quien se encuentra en ignorado paradero, y para que el mismo se publique en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 15 de febrero de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(02/7.914/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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