Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 226

Fecha del Boletín 
23-09-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150923-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 38

126
Ejecución 41 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Don Bartolomé Ventura Molina, secretario judicial del Juzgado de lo social número 38 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 41 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Emilio García Pérez y don Omar Alfredo Flores Meneces, frente a “Foptical Comunicaciones, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Se alzan los embargos acordados en la presente ejecución, cancelándose las medidas de garantía adoptadas y librándose los pertinentes oficios.

Póngase a disposición de los ejecutantes: don Carlos Emilio García Pérez, el importe de 1.338,20 euros, y de don Omar Alfredo Flores Meneces, el importe de 1.338,20 euros, en concepto del total del principal reclamado por ambos, librándose al efecto los oportunos mandamientos de pago.

Hágase saber a las partes que en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente se practicará liquidación de intereses y tasación de costas que obren en actuaciones, advirtiendo a las partes que, practicada por el secretario de este Juzgado la tasación de costas, no se admitirá la inclusión o adición de partida alguna, reservando al interesado su derecho para reclamarla si le conviniere de quien y como corresponda.

Requiérase a la letrada doña María Felicidad Puentes Armestre a fin de que, en el plazo de cinco días, presente minuta de honorarios, bajo apercibimiento de no ser incluida en la tasación de costas que se practique.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado; no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles, contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la LJS).

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Foptical Comunicaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 8 de julio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/25.037/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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