Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 225

Fecha del Boletín 
22-09-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150922-89

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 26

89
Procedimiento 637 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María García Ferreira, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 26 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 637 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Isabel Sanz Soriano, frente a “Barclays Bank, Sociedad Anónima” y “Caixabank, Sociedad Anónima”, en reclamación de materia social, seguido con el número de autos 637 de 2015, se cita a “Barclays Bank, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, para que comparezca ante la Sala de audiencias de este organismo, sito en esta ciudad, el día 7 de abril de 2016, a las once y diez horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, al de juicio, que tendrán lugar en única pero sucesiva convocatoria, el primero ante el secretario judicial y el segundo ante la magistrada-juez, advirtiéndole de que deberá concurrir con los medios de prueba de que intente valerse y que la incomparecencia injustificada de la demandada no impedirá la celebración de los actos de conciliación y juicio, continuando este sin necesidad de declarar su rebeldía y pudiendo ser tenida por conforme con los hechos de la demanda. Haciéndole saber a la parte que tiene a su disposición para su examen en la oficina judicial de referencia los autos de los que deriva la presente citación.

Contra dicha resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, con número de cuenta 2524-0000-60-1166.

Y a fin de que sirva de citación “Barclays Bank, Sociedad Anónima”, partes demandadas en las presentes actuaciones, cuyo domicilio actual se desconoce, expido este edicto, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo el supuesto de la comunicación de resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia, o de decreto cuando pongan fin al proceso o resuelva un incidente, o cuando se trate de emplazamiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.2 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social.

En Madrid, a 1 de septiembre de 2015.—La secretaria judicial, María García Ferreira.

(03/25.813/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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