Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 213

Fecha del Boletín 
08-09-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150908-30

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

30
Procedimiento ordinario 1.217 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.217 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Miguel Ángel del Hierro Carrero, frente a “Lucaran Restauración, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

En Madrid, a 18 de mayo de 2015.—Doña Patricia Navas Catalá, juez de apoyo al juez de adscripción territorial en funciones de refuerzo en el Juzgado de lo social número 1 de Madrid, ha visto los presentes autos de reclamación de cantidad número 127 de 2014, promovidos a instancias de don Miguel Ángel del Hierro Carrero, defendido por el letrado don Francisco Javier Lorenz, contra “Lucaran Restauración, Sociedad Limitada”, que no comparece, con emplazamiento del Fondo de Garantía Salarial.

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por don Miguel Ángel del Hierro Carrero, defendido por el letrado don Francisco Javier Lorenz, contra “Lucaran Restauración, Sociedad Limitada”, condenando a la parte demandada a pagar al trabajador demandante la cantidad de 4.974,69 euros, más el 10 por 100 de interés por mora, de conformidad con lo dispuesto en el fundamento cuarto de esta resolución.

Notifíquese sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella cabe interponer recurso de suplicación, que deberá anunciarse por comparecencia o mediante escrito en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la sentencia, o por simple manifestación en el momento de la notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo juzgando en la primera instancia.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Lucaran Restauración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 3 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.294/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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