Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 202

Fecha del Boletín 
26-08-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150826-86

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

86
Procedimiento 265 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 265 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Yolanda Sánchez Zapatero, frente a “Falcón Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Acuerdo aclarar la sentencia de fecha 4 de mayo de 2015 recaída en los autos número 265 de 2015, seguidos en este Juzgado sobre reclamación de cantidad, de acuerdo con lo expuesto en el razonamiento jurídico tercero de la presente resolución judicial, resultando el contenido del hecho probado primero, el encabezamiento y fallo de la sentencia aclarada del tenor literal siguiente:

«Doña Patricia Navas Catalá, magistrada-juez de apoyo al magistrado-juez de adscripción territorial en funciones de refuerzo en el Juzgado de lo social número 15 de Madrid, ha visto los presentes autos de reclamación de cantidad número 265 de 2015, promovidos a instancias de doña Yolanda Sánchez Zapatero, defendida por el letrado don Pedro López Arias, contra la empresa “Falcón Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, que no comparece.»

«La demandante doña Yolanda Sánchez Zapatero, mayor de edad, con documento nacional de identidad número 52507739-G, afiliada al Régimen General de la Seguridad Social, ha venido trabajando por cuenta y bajo la dependencia de la empresa demandada, “Falcón Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, desde el día 1 de julio de 2007, como azafata, y percibiendo un salario mensual de 1.076,71 euros con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias.» (documento número 1).

«Que debo estimar y estimo la demanda interpuesta por doña Yolanda Sánchez Zapatero, contra la empresa “Falcón Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, condenando a la empresa demandada a abonar a la trabajadora demandante la cantidad de 2.127,55 euros, más el interés del 10 por 100 por mora de conformidad con el fundamento jurídico quinto de esta resolución.»

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Esta resolución es firme, y contra la misma no cabe interponer recurso alguno (artículo 267.8 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículo 215.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Así lo acuerdo, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcón Contratas y Servicios Auxiliares, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 30 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.179/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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