Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201

Fecha del Boletín 
25-08-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150825-87

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE CÁCERES NÚMERO 1

87
Procedimiento 189 de 2015

EDICTO

Doña María Elena González Espinosa, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Cáceres.

Hago saber: Que en el procedimiento de Seguridad Social número 189 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales”, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Treserre Ingeniería, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 203 de 2015

En Cáceres, a 29 de julio de 2015.—Su señoría ilustrísima, don Mariano Mecerreyes Jiménez, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de Cáceres y su provincia, ha visto y oído los autos registrados con el número 189 de 2015 y que se siguen sobre reclamación de cantidad, en los cuales figuran como partes: de un lado, como demandante, “Mutua Asepeyo”, y de otro, como demandados, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y “Treserre Ingeniería, Sociedad Limitada”, los cuales, excepto la empresa que no lo hace, comparecen asistidos de los abogados señores Pérez Belamán, la procuradora señora Arroyo Fernández y la señora Villanueva Fabo, respectivamente.

Vistos los artículos citados y demás de general aplicación, en nombre de Su Majestad el Rey y por la autoridad que me confiere el pueblo español,

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por “Mutua Asepeyo”, contra “Treserre, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, y en virtud de lo que antecede, condeno a “Treserre, Sociedad Limitada”, a que pague a la actora la suma de 36.815,44 euros, declaro la responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de la Tesorería General de la Seguridad Social para el caso de insolvencia de la empresa.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con instrucción de que no es firme y contra ella puede interponerse recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, debiendo anunciarse en este Juzgado por comparecencia ante su señoría el secretario o por escrito presentado en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente al de notificación de la sentencia, debiendo, de hacerlo la parte demandada, consignar previamente el importe de la condena y 300 euros de depósito correspondientes al citado recurso de suplicación, en la cuenta del Juzgado de lo social número 1 de Cáceres en el “Banco Santander”, número 1144/0000/65, denominada “Cuenta de consignaciones y depósitos”.

De acuerdo con la previsión de la Ley 10/2012, en vigor al día siguiente de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado” (DF 7), deberá la parte no exenta, al tiempo de interponer el recurso de suplicación, abonar la tasa de 500 euros, amén del 0,5 por 100 del total reclamado, por importe de 90 euros si la cuantía fuese indeterminada o indeterminable. Se descontará un 10 por 100 si el recurso se presenta por vía telemática.

Quede el original en el libro de sentencias y llévese testimonio del presente a los autos para su constancia y efectos.

Así por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa codemandada, en ignorado paradero “Treserre Ingeniería, Sociedad Limitada”, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Cáceres, a 29 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.017/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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