Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201

Fecha del Boletín 
25-08-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150825-50

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2

50
Ejecución 163 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Laura Carrión Gómez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 163 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Meca Valdés, frente a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y decreto, ambos de fecha 8 de julio de 2015, y diligencia de ordenación de fecha 29 de julio de 2015, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Dispongo: Despachar orden general de la ejecución número 163 de 2015 a favor de la parte ejecutante don Antonio Meca Valdés, frente a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por importe de 2.793,03 euros en concepto de principal, más otros 167,58 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y 279,30 euros para las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra este auto que resuelve la solicitud de ejecución podrá interponerse recurso de reposición, ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiera incurrido la resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse la oposición a la ejecución despachada.

Así lo acuerda y firma su señoría, don Isidro M. Saiz de Marco, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.—Doy fe.

Acuerdo: Consta en la base de datos del programa de Gestión Procesal Social que por el Juzgado de lo social número 20 de Madrid se ha dictado decreto de insolvencia en sus autos número 307 de 2015, ejecución número 140 de 2015, contra la empresa “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”.

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Por recibido devuelvo exhorto enviado al Juzgado de paz de Tres Cantos en fecha 28 de julio de 2015, consulta del domicilio de la empresa ejecutada al Registro Mercantil Central y escrito recibido en fecha 20 de julio de 2015 presentado por la letrada doña Margarita A. Girón Arribas, se unen a los autos de su razón.

Por recibido exhorto cumplimentado del Juzgado de paz de Tres Cantos, con resultado negativo, consultada la base de datos del Registro Mercantil Central, el domicilio que consta en dicho registro es el mismo en el que se ha intentado practicar la diligencia de notificación con el resultado negativo que obra en las actuaciones, y desconociéndose otro domicilio en el que poder practicar la diligencia de notificación a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, procédase a notificar conforme establece el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, insertando un extracto suficiente de la resolución o de la cédula en el boletín oficial correspondiente, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o de decreto, cuando ponga fin al proceso o resuelva incidente, o cuando se trate de emplazamiento.

No constando en las actuaciones la notificación del auto despachando ejecución y del decreto de embargo de fecha 8 de julio de 2015 a la empresa ejecutada, se procede a su notificación conforme establece el artículo 59 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.

En relación al escrito presentado se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el mismo, y una vez debidamente notificada la ejecutada se acordará lo procedente en derecho.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 29 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/24.008/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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