Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 201

Fecha del Boletín 
25-08-2015

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150825-41

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6

41
Procedimiento 9 de 2014

EDICTO

En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento de familia, divorcio contencioso número 9 de 2014 por no ser conocido el domicilio de don Federico Murias Álvarez, por resolución de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presente edicto para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 21 de julio de 2015 siguiente:

Sentencia número 566 de 2015

En Alcalá de Henares, a 21 de julio de 2015.—Vistos por mi, doña Cristina Milans del Bosch y Sánchez-Galiano, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia número 6 de de esta ciudad y su partido, los presentes autos de divorcio contencioso número 9 de 2014, seguidos a instancias de doña Inés Fernández Fernández, representada por la procuradora de los tribunales señora Muñoz Pérez y defendida por el letrado señor Rodríguez Serrano, contra don Federico Murias Álvarez, sin representación procesal, y lo siguiente:

Fallo

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por doña Inés Fernández Fernández, contra don Federico Murias Álvarez, debo declarar y declaro haber lugar al divorcio del matrimonio de ambos celebrado en Fuenlabrada (Madrid, España), el día 19 de agosto de 1982, disolviendo el mismo con todos los pronunciamientos legales inherentes. Y todo ello sin expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación por escrito, ante este Juzgado, en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación y del que conocería la Audiencia Provincial de Madrid.

Una vez firme la presente resolución, comuníquese al Registro Civil donde se halle inscrito el matrimonio.

Así por esta mi sentencia, en nombre de Su Majestad el Rey, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación a don Federico Murias Álvarez expido y firmo la presente.

En Alcalá de Henares, a 21 de julio de 2015.—El secretario judicial (firmado).

(03/24.057/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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