Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
20-08-2015

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150820-25

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

25
Constitución de la Junta de Gobierno Local

Por el presente se hace público que esta Alcaldía, con fecha 24 de junio de 2015, ha resuelto:

Primero.—Constituir la Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, la cual, bajo mi presidencia, quedará integrada por los siguientes concejales:

— Don Enrique Serrano Sánchez Tembleque.

— Doña Rosa María García Fernández.

— Don José Manuel Ávila Torres.

— Don Jesús Fernando Agudo Sánchez.

Segundo.—De conformidad con el artículo 56 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, es propia e indelegable de la Junta de Gobierno la asistencia permanente al alcalde en el ejercicio de sus atribuciones. Asimismo, ejercerá las atribuciones que le deleguen, en virtud de lo dispuesto en el artículo 43, el alcalde y el Pleno, así como aquellas atribuciones que expresamente le asignen las Leyes.

Así pues, haciendo uso de las atribuciones que me otorga la legislación vigente, esta Alcaldía delega en la Junta de Gobierno las competencias que siguen:

1. Concesión de licencias de obra mayor.

2. Concesión de licencias de instalación para el ejercicio de actividades sujetas o no a la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Durante el mes de agosto, atendida la disminución del volumen de la actividad municipal, por coincidir con las vacaciones estivales, la Junta de Gobierno no celebrará sesiones.

Por lo tanto, durante dicho mes, los asuntos que la misma haya de resolver lo serán por resolución de Alcaldía, hasta el mes de septiembre en que quedará restaurada, sin necesidad de nueva resolución, la delegación de competencias; todo ello, con los efectos y alcance previstos en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto.—A los efectos del funcionamiento de la Junta de Gobierno, dispongo que la misma celebre sesión ordinaria los miércoles de cada mes. En el caso de que el día referido sea festivo, se trasladará al primer día hábil siguiente.

Quinto.—En cumplimiento de lo dispuesto en las disposiciones legales vigentes, se dará cuenta de la presente resolución en el Pleno extraordinario que se celebre al amparo de lo dispuesto en el artículo 38 del Reglamento de Organización y Funcionamiento.

Sexto.—Notifíquese a los designados y publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Villanueva de la Cañada, a 6 de agosto de 2015.—El primer teniente de alcalde, Enrique Serrano Sánchez-Tembleque.

(03/24.273/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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