Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 197

Fecha del Boletín 
20-08-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150820-41

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8

41
Procedimiento 820 de 2014

EDICTO

En el presente procedimiento de modificación de medidas definitivas número 820 de 2014, seguido a instancias de doña Esther Rodríguez Sánchez, frente a don Javier Jesús Alfonso Aumente, se ha dictado sentencia, cuyo extracto del fallo por haber menores implicados es el siguiente:

Que estimando la demanda de modificación de medidas interpuesta por doña Esther Rodríguez Sánchez, contra don Javier Jesús Alfonso Aumente, debo acordar y acuerdo la modificación de las medidas recogidas en la sentencia dictada por este Juzgado en fecha 27 de noviembre de 2012 en el procedimiento de divorcio contencioso número 329 de 2012, que quedarán como sigue, permaneciendo en cuanto al resto invariable:

La privación de la patria potestad de don Javier Jesús Alfonso Aumente respecto de su hija menor Andrea, que será ostentada en exclusiva por la progenitora doña Esther Rodríguez Sánchez.

No se imponen las costas a ninguna de las partes.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid que, en su caso, deberá interponerse, ante este Juzgado, en el plazo de veinte días a contar desde su notificación, previa la constitución de depósito en la cantidad de 50,00 euros a ingresar en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado.

Así lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado don Javier Jesús Alfonso Aumente en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Leganés, a 3 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.633/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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