Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 194

Fecha del Boletín 
17-08-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150817-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

76
Ejecución 133 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 133 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Ángel Luis Ulloa Martín, don Jesús García Villar, don Jesús Javier García García, don Juan Carlos Peinado Gil y don Julián Vicente Colado Belmar, frente a “Alza 3 Group, Sociedad Limitada”, y “Ferbocar Construcciones, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se acuerda subsanar el defecto advertido en el auto de fecha 29 de junio de 2015, en los siguientes términos:

En la ejecución número 133 de 2015:

«Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Ángel Luis Ulloa Martín, don Jesús García Villar, don Julián Vicente Colado Belmar y don Juan Carlos Peinado Gil, frente a las demandadas “Ferbocar Construcciones, Sociedad Anónima”, y “Alza 3 Group, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, condenando a “Alza 3 Group, Sociedad Limitada”, por un principal de 17.692,00, más 1.238,44 euros y 1.769,20 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación y, solidariamente, a “Ferbocar Construcciones, Sociedad Anónima”, por un principal de 12.436,84 euros, más 870,57 euros y 1.243,68 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación, correspondiendo:

A don Julián Vicente Colado Belmar la cantidad de 2.649,79 euros.

A don Jesús García Villar la cantidad de 3.568,63 euros.

A don Ángel Luis Ulloa Martín la cantidad de 2.649,79 euros.

A don Juan Carlos Peinado Gil la cantidad de 3.568,63 euros.»

En la ejecución número 139 de 2015:

«Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Jesús Javier García García, frente a las demandadas “Ferbocar Construcciones, Sociedad Anónima”, y “Alza 3 Group, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, condenando a “Alza 3 Group, Sociedad Limitada”, por un principal de 2.757,19, más 193 euros y 275,71 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación y, solidariamente, a “Ferbocar Construcciones, Sociedad Anónima”, por un principal de 1.903,28 euros, más 133,22 euros y 190,32 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación, correspondiendo:

A don Jesús Javier García García la cantidad de 1.903,28 euros.»

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña Paloma Rebate Labrandero.

Contra esta resolución no cabe interponer recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la aclaración, cuyos plazos comenzarán a computarse el día siguiente a la notificación de este auto.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alza 3 Group, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.132/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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