Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 191

Fecha del Boletín 
13-08-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150813-138

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40

138
Procedimiento ordinario 895 de 2013

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 895 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel Martínez González y don Raúl Araque López, frente a don Jacinto Manjón Fargas, “Gráficas Manfar, Sociedad Limitada”, y “Jacinfar, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 27 de enero de 2015.

Parte dispositiva:

Se aprueba la conciliación obtenida por las partes en fecha 27 de enero de 2015 en los términos siguientes:

Los actores desisten previamente de los demandados don Jacinto Manjón Fargas y “Jacinfar, Sociedad Limitada”.

La empresa “Gráficas Manfar, Sociedad Limitada”, ofrece por los conceptos de la demanda, que a continuación, se desglosan las siguientes cantidades:

A don José Manuel Martínez González: 8.367,40 euros por el concepto de indemnización, 2.295,72 euros por el concepto de salarios, haciendo un total de 10.663,12 euros, que se abonarán por cheque bancario número 510081589175036.

A don Raúl Araque López: 4.348,28 euros por el concepto de indemnización, 3.765,46 euros por el concepto de salarios, haciendo un total de 8.113,74 euros, que se abonarán por cheque bancario número 510081525075036.

A don José Nantón Rivera: 11.492,14 euros por el concepto de indemnización, 1.399,88 euros por el concepto de salarios, haciendo un total de 12.892,02 euros, que se abonarán por cheque bancario número 510081516575036.

A doña María Gema Ramos Roldán: 2.973,83 euros por el concepto de indemnización, 3.075,09 euros por el concepto de salarios, haciendo un total de 6.048,92 euros, que se abonarán por cheque bancario número 510081696375036.

A don Ángel Sánchez Ruedas: 11.149,64 euros por el concepto de indemnización, 3.027,46 euros por el concepto de salarios, haciendo un total de 14.177,10 euros, que se abonarán por cheque bancario número 510081687175036.

A don José María Garzón Mota: 1.801,41 euros por el concepto de indemnización, 3.305,07 euros por el concepto de salarios, haciendo un total de 5.106,48 euros, que se abonarán por cheque bancario número 510081605375036.

Los trabajadores aceptan y con el percibo de dicha cantidad se consideran saldados y finiquitados, y sin nada más que reclamar por ningún concepto.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banco Santander”, número 4684/0000/60/0895/13.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Jacinfar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.775/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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