Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2015

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150812-38

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

38
Impuesto actividades económicas año 2015

En la Oficina del Departamento de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, sita en la plaza de la Constitución, número 1, y por el plazo de quince días hábiles, se encuentra a disposición de los interesados el padrón fiscal del impuesto sobre actividades económicas del año 2015.

El período de recaudación voluntaria es el que a continuación se indica:

Impuesto sobre actividades económicas

Del 15 de septiembre al 16 de noviembre de 2015, ambos incluidos.

El ingreso de las deudas tributarias de estos impuestos se realizará únicamente en las oficinas de bancos y cajas de ahorro que se indican en los recibos, en cualquiera de sus sucursales de todo el territorio nacional.

En caso de duda o error, los contribuyentes podrán informarse en el Departamento de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, a través de los siguientes medios:

— Registro de Entrada del Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid.

— Teléfono: 916 602 700. Fax: 916 602 727.

— Web municipal: http://www.rivasciudad.es

— Correo electrónico: gtributaria@rivasciudad.es

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario establecido, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 160 y siguientes de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

En Rivas-Vaciamadrid, a 10 de julio de 2015.—El alcalde-presidente, Pedro del Cura Sánchez.

(02/4.211/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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