Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2015

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150812-226

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALLADOLID NÚMERO 4

226
Procedimiento 75 de 2013

EDICTO

Doña María Yolanda Martín Llorente, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Valladolid.

Hago saber: Que en el procedimiento de Seguridad Social número 75 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Tutor Martínez, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y don Justo Alonso Osorio, sobre Seguridad Social, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia

En Valladolid, a 30 de junio de 2015.—Vistos por don José Antonio Merino Palazuelo, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 4 de Valladolid, los presentes autos número 75 de 2013, porcentaje de pensión de jubilación, seguidos a instancias de don José Luis Tutor Martínez, representado y asistido por la letrada doña Ana López García, frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, representados y asistidos por el letrado don Andrés García Valderrábanos, y a frente don Justo Alonso Osorio, que no comparece.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don José Luis Tutor Martínez, frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y don Justo Alonso Osorio, no ha lugar a realizar las declaraciones solicitadas en la demanda, absolviendo a los demandados de sus pedimentos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciendo la indicación de que contra la misma cabe interponer ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Valladolid), recurso de suplicación, que se podrá anunciar en este Juzgado por comparecencia o mediante escrito en un plazo de cinco días a partir de la notificación o por su mera manifestación al realizarse esta, debiendo efectuar además el ingreso de 300 euros como depósito especial para anunciar dicho recurso en la cuenta número 3935/0000/65/ 0075/13 del “Banco Santander”, oficina de la plaza de San Miguel, de Valladolid, todo ello en el caso de que el recurrente no fuera trabajador, su causahabiente, o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, o no gozara del beneficio de justicia gratuita, o no se hallare incluido en el artículo 229.4 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, acreditando haber realizado, en caso de no estar exento de la misma, la autoliquidación de la tasa establecida en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, “Boletín Oficial del Estado” del día 21 de noviembre de 2012 [artículos 2.f, 4.2.a), 5.3, 7.1 y 2, 8.1 y 2] y orden HAP/2662/2012, de 13 de diciembre, “Boletín Oficial del Estado” del día 15 de diciembre de 2012, modificada por la orden HAP/490/2013, de 27 de marzo, “Boletín Oficial del Estado” del día 30 de marzo.

Así por esta mi sentencia dictada e incluida en el archivo digital correspondiente del Juzgado para su tratamiento informático en el día de la fecha, de la que se deducirá certificación para unir a los autos de que dimana, y a la que se le dará la publicidad prevenida en la normativa en vigor, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Justo Alonso Osorio, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Valladolid, a 30 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.870/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150812-226