Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150812-138

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18

138
Ejecución 159 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 159 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Patricia Helena Nguegne, frente a doña Isabel Ríos Mata, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Por recibido el anterior escrito de Fondo de Garantía Salarial, se une y se tiene por subrogado al Fondo de Garantía Salarial en los derechos y obligaciones de la trabajadora del presente procedimiento, conservando el carácter de crédito privilegiado que le confiere el artículo 32 del Estatuto de los Trabajadores, por importe de 3.560,83 euros, cantidad satisfecha por el Fondo de Garantía Salarial que consta en el escrito presentado.

Por recibido del “Banco Santander” el anterior extracto bancario, acreditativo de haberse transferido por “Caixabank” la cantidad de 56,21 euros, únase a los autos de su razón; distribúyase dicha cantidad entre la ejecutante y el Fondo de Garantía Salarial en la siguiente proporción:

A doña Patricia Helena Nguegne: 5,42 euros.

A Fondo de Garantía Salarial: 50,79 euros.

Se hace saber que dichas cantidades serán entregadas, una vez firme la presente resolución, mediante mandamiento de devolución o por transferencia bancaria a la cuenta corriente de la que sean titulares, debiendo ser facilitadas a este Juzgado en el plazo de cuarenta y ocho horas, mediante un escrito que puede ser remitido por fax al número 914 438 410.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Por recibido del “Banco Santander” el anterior extracto bancario, acreditativo de haberse transferido por “Caixabank, Sociedad Anónima”, la cantidad de 22,11 euros, únase a los autos de su razón; distribúyase dicha cantidad entre la ejecutante y el Fondo de Garantía Salarial en la siguiente proporción:

A doña Patricia Helena Nguegne: 2,16 euros.

A Fondo de Garantía Salarial: 19,95 euros.

Se hace saber que dichas cantidades serán entregadas, una vez firme la presente resolución, mediante mandamiento de devolución o por transferencia bancaria a la cuenta corriente de la que sean titulares, debiendo ser facilitadas a este Juzgado en el plazo de cuarenta y ocho horas, mediante un escrito que puede ser remitido por fax al número 914 438 410.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a doña Isabel Ríos Mata y doña Patricia Helena Nguegne, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.724/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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