Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150812-131

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

131
Ejecución 265 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 265 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Andrés Gamella Rodríguez, don Juan Pablo Barrio Ochaita y doña María del Mar Adán Guallar, frente a “Icono Imagen Gráfica, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 17.811,54 euros de principal (desglosados de la siguiente forma: 5.042,33 euros correspondientes a doña María del Mar Adán Guallar, de los cuales 4.583,94 euros son en concepto de cantidad reclamada, más 458,39 euros en concepto de interés moratorio del 10 por 100; 7.945,21 euros correspondientes a don Andrés Gamella Rodríguez, de los cuales 7.222,92 euros son en concepto de cantidad reclamada, más 722,29 euros en concepto de interés moratorio del 10 por 100, y 4.824,00 euros correspondientes a don Juan Pablo Barrio Ochaita, de los cuales 4.385,46 euros son en concepto de cantidad reclamada, más 438,54 euros de interés moratorio del 10 por 100), más 3.562,30 euros de intereses y costas provisionalmente calculados, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Icono Imagen Gráfica, Sociedad Anónima”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Una vez firme la presente resolución hágase constar en el Registro Mercantil la declaración de insolvencia de la deudora (artículo 276.5 de la Ley de la Jurisdicción Social). Asimismo, hágase entrega de certificación a la parte ejecutante a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el Fondo de Garantía Salarial.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Icono Imagen Gráfica, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.630/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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