Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
12-08-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150812-102

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7

102
Ejecución 248 de 2012

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de despido número 643 de 2011, ejecución número 248 de 2012, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Gómez González, frente a “Estampaciones Ajalvir, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de fecha 15 de julio de 2015, cuyo contenido es el siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 15 de julio de 2015.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que se ha presentado escrito por don Juan Carlos Gómez González, parte ejecutante, solicitando la adjudicación del inmueble subastado, únase a los autos de su razón.—Doy fe.

Decreto

En Madrid, a 15 de julio de 2015.

Parte dispositiva:

Se aprueba la adjudicación de la finca descrita en el primer antecedente de esta resolución a favor de la parte ejecutante don Juan Carlos Gómez González por el precio de 3.000 euros.

Sin necesidad de previa liquidación, una vez sea firme la presente resolución, entréguese a la parte ejecutante testimonio de la misma que le servirá de título bastante para la inscripción en el Registro de la Propiedad.

Modo de impugnación: mediante recurso de revisión ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, debiendo ingresar el que no tenga condición de trabajador la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado número 2505/0000/00/0643/11, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Estampaciones Ajalvir, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.623/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150812-102