Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
11-08-2015

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150811-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

108
Procedimiento ordinario 222 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 222 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Elmo Marcos Fabros, frente a don David Pastor García, “La Alpargatería, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia número 344 de 2015

En Madrid, a 7 de julio de 2015.—Doña Gloria González Sancho, magistrada-juez de apoyo al magistrado-juez de adscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en funciones de refuerzo en el Juzgado de lo social número 14 de Madrid, ha visto los presentes autos registrados bajo el número 222 de 2015 seguidos ante este Juzgado, a instancias de don Elmo Marcos Fabros, defendido por el letrado don Ángel Carlos Zamora de Luque, contra Fondo de Garantía Salarial, representado y defendido por la letrada doña María Santas Ara Callizo; “La Alpargatería, Sociedad Limitada”, y el administrador concursal don David Pastor García, sobre reclamación de cantidad.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Elmo Marcos Fabros, contra Fondo de Garantía Salarial, “La Alpargatería, Sociedad Limitada”, y la administración concursal, y en consecuencia, condeno al Fondo de Garantía Salarial a abonar al actor la cantidad de 3.144 euros, y absuelvo a “La Alpargatería, Sociedad Limitada”, y a la administración concursal de cuantos pedimentos se solicitaban por la parte actora.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “La Alpargatería, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 9 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/22.490/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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