Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 189

Fecha del Boletín 
11-08-2015

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150811-76

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 2

76
Procedimiento ordinario 101 de 2013

EDICTO

Doña María de las Mercedes Martín López, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcorcón.

Hace saber: Que en este Juzgado se tramita el procedimiento de juicio ordinario número 101 de 2013, en el que ha recaído sentencia de fecha 11 de noviembre de 2014 y auto de aclaración de la misma fecha 17 de diciembre de 2014, cuyo encabezamiento y fallo de la sentencia y antecedentes de hecho y parte dispositiva del auto son del tenor literal siguiente:

Sentencia

En Alcorcón, a 11 de noviembre de 2014.—El ilustrísimo señor don Juan Ramón Rodríguez Llamosí, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcorcón, ha visto los presentes autos de juicio ordinario número 101 de 2013 seguidos ante este Juzgado, a instancias de “Banque PSA Finance” (sucursal en España), representada por la procuradora doña Rocío García Dorado, contra “Jerper, Sociedad Limitada”, en situación legal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, recayendo la presente resolución en base a lo siguiente:

Fallo

Que estimando la demanda de juicio ordinario formulada por “Banque PSA Finance” (sucursal en España), representada por la procuradora doña Rocío García Dorado, contra “Jerper, Sociedad Limitada”, en situación legal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la demandada “Jerper, Sociedad Limitada”, a que, tan pronto sea firme esta sentencia, abone a la parte actora la cantidad de 9.154,90 euros, los intereses expresados y las costas procesales.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, definitivamente juzgando en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Auto

En Alcorcón, a 17 de diciembre de 2014.

Antecedente de hecho:

Único.—Con fecha 11 de noviembre de 2014 se ha dictado en los presentes autos sentencia en la cual se contiene tanto en el encabezamiento como en la parte dispositiva una omisión al citar a la parte demandada en el procedimiento, siendo que la demanda de juicio ordinario se dirige contra “Jerper, Sociedad Limitada”, y don Jesús Pérez Aguilera, quien fue omitido inadvertidamente en dicha resolución.

Vistos los preceptos legales y demás de general y pertinente aplicación, dispongo: Se rectifica la parte dispositiva de la sentencia dictada en los presentes autos por este Juzgado con fecha 11 de noviembre de 2014 en el sentido antes expuesto.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que el término para interponer el recurso de apelación contra la sentencia dictada se contará desde la notificación del presente auto.

Así lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Juan Ramón Rodríguez Llamosí, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcorcón.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de la sentencia y del auto indicados a los demandados “Jerper, Sociedad Limitada”, y don Jesús Pérez Aguilera, en ignorado paradero, y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expido la presente en Alcorcón, a 8 de abril de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(02/4.415/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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