Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 186

Fecha del Boletín 
07-08-2015

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150807-110

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9

110
Ejecución 159 de 2015

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Ana Belén Requena Navarro, secretaria judicial, en funciones de sustitución, del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 159 de 2015 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Raúl Mayoral Gómez, frente a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

En Madrid, a 22 de julio de 2015.

Parte dispositiva:

Acuerdo despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante don José Raúl Mayoral Gómez, frente a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”.

Notifíquese esta resolución a las partes, y habiendo resultado negativo el intento de notificación a la demandada por correo postal en el domicilio social de la empresa en otro procedimiento seguido en este Juzgado, procédase a notificar a la demandada la presente resolución por medio de entrega, librándose al efecto exhorto al Juzgado de paz de Tres Cantos (Madrid) y “ad cautélam” a través de edicto a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banco Santander”, número de cuenta 2507/0000/64/0159/15.

Y pudiendo la parte demandada deducirse en el mismo escrito la oposición a la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para los que tiene el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto, tal y como establece el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social, en funciones de sustitución, doña Ángela Mostajo Veiga.

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, en funciones de sustitución, doña Ana Belén Requena Navarro.—En Madrid, a 22 de julio de 2015.

Visto el estado de las presentes actuaciones, se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta en la sentencia de fecha 3 de junio de 2015 a la empresa “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en favor del demandante don José Raúl Mayoral Gómez, y previa a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, planta tercera, de Madrid, el día 22 de septiembre de 2015, a las once y cuarenta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada) se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado) el acto se celebrará sin su presencia.

Consúltese telemáticamente la base de datos de la Seguridad Social con el fin de obtener la vida laboral del demandante, y únase a las actuaciones copia de la citada consulta.

Notifíquese esta resolución a las partes, y habiendo resultado negativo el intento de notificación a la demandada por correo postal en el domicilio social de la empresa en otro procedimiento seguido en este Juzgado, procédase a notificar a la demandada la presente resolución por medio de entrega, librándose al efecto exhorto al Juzgado de paz de Tres Cantos (Madrid) y “ad cautélam” a través de edicto a publicar en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/23.060/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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