Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
04-08-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150804-163

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

163
Procedimiento ordinario 949 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 949 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Luis José González Palancarejo, frente a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado resolución, cuyo fallo por el presente se publica, del tenor literal siguiente:

Diligencia.—En Madrid, a 3 de junio de 2015.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en el día de la fecha se ha dictado sentencia “in voce” por su señoría ilustrísima en las presentes actuaciones, correspondiéndole el número 253 de 2015, estimando la demanda y condenando a la empresa demandada, tras la corrección de las cuantías efectuada en la vista oral por el actor, al importe de 1.299,18 euros, incrementados en un 10 por 100 de mora.

Se significa que contra la citada sentencia no cabe recurso alguno.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Falcón Contratas y Seguridad, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de julio de 1015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.965/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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