Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
04-08-2015

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150804-162

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 35

162
Ejecución 50 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Blanca Galache Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 35 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 50 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julián Pereda Hernández y don Luis Alejo Vasconez Argudo, frente a don Daniel Pereña Velasco, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Blanca Galache Díez.—En Madrid, a 18 de mayo de 2015.

Consignada en la cuenta del Juzgado la cantidad de 332,82 euros, procédase a prorratear entre los trabajadores demandantes dicho importe, que se entregará en concepto de parte de principal a favor de los actores por las siguientes cantidades:

A don Luis Alejo Vasconez Argudo: 156,12 euros.

A don Julián Pereda Hernández: 176,70 euros.

Transfiérase al número de cuenta bancaria facilitada por el demandante don Luis Alejo Vasconez Argudo la cantidad anterior por importe de 156,12 euros y al número de cuenta del demandante don Julián Pereda Hernández la cantidad de 176,70 euros.

Se informa al demandado don Daniel Pereña Velasco, tras la acumulación de procedimientos, de las cantidades pendientes de abono: principal pendiente, 368,75 euros; intereses, 344 euros, y costas, 572 euros.

Notifíquese a las partes.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 53 a 62 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a don Luis Alejo Vasconez Argudo, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de julio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/21.958/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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