Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
04-08-2015

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150804-45

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL ÁLAMO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

45
Cargos dedicación exclusiva y parcial

Don Carlos Carbajosa del Olmo, secretario del Ayuntamiento de El Álamo (Madrid).

Certifico: Que el Pleno del Ayuntamiento de El Álamo, en sesión extraordinaria urgente celebrada el 9 de julio de 2015, adoptó acuerdo que en su parte dispositiva tiene el siguiente contenido:

Octavo.—Aprobación de dictamen para determinación de cargos cuyo desempeño por miembros de la Corporación lleve aparejada dedicación exclusiva y dedicación parcial y fijación de dotación económica con destino al funcionamiento de los grupos municipales.

Visto el resultado de la votación, la señora presidenta anunció que por mayoría se había adoptado el siguiente acuerdo:

“Considerando conveniente para el funcionamiento de la Corporación la determinación del número de cargos a desempeñar por miembros de la Corporación con dedicación exclusiva y parcial, y la asignación de una dotación económica con destino al funcionamiento de los grupos políticos municipales, se acuerda:

Primero.—De conformidad con lo establecido en el artículo 73.3 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, y con cargo al presupuesto municipal de cada ejercicio, se acuerda que cada uno de los grupos políticos municipales formalmente constituidos contará mensualmente con una asignación económica compuesta de:

a) Un componente fijo de 50,00 euros por grupo.

b) Un componente variable de 200,00 euros por cada concejal que integre cada grupo municipal formalmente constituido.

Segundo.—De conformidad con lo establecido en los artículos 75, 75 bis y 75 ter, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local, y la disposición adicional nonagésima de la Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuesto Generales del Estado para el año 2014, se acuerda determinar el siguiente número de cargos a desempeñar por miembros de la Corporación en régimen de dedicación exclusiva y parcial:

a) Se reconoce la dedicación exclusiva para el desempeño del cargo de alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento con una retribución íntegra anual por todos los conceptos de 45.000 euros, distribuida en catorce pagas mensuales del mismo importe y alta en la Seguridad Social, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan por este concepto.

b) Se reconoce la dedicación exclusiva para el desempeño de un cargo de concejal-delegado, con una retribución íntegra anual por todos los conceptos de 45.000 euros, distribuida en catorce pagas mensuales del mismo importe y alta en la Seguridad Social, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan por este concepto.

c) Se reconoce la dedicación parcial con un régimen mínimo de dedicación de hasta el 75 por 100 del de la dedicación exclusiva, para el desempeño de tres cargos de concejal-delegado, con una retribución íntegra anual por todos los conceptos de hasta 33.750 euros, distribuida en catorce pagas mensuales del mismo importe y alta en la Seguridad Social, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan por este concepto.

d) Se reconoce la dedicación parcial con un régimen mínimo de dedicación del 50 por 100 del de la dedicación exclusiva, para el desempeño de dos cargos de concejal-delegado, con una retribución íntegra anual por todos los conceptos de 22.500 euros, distribuida en catorce pagas mensuales del mismo importe y alta en la Seguridad Social, asumiendo la Corporación el pago de las cuotas empresariales que correspondan por este concepto.

Tercero.—El desempeño de los cargos a los que se reconoce dedicación exclusiva y parcial se efectuará conforme al régimen de incompatibilidades establecido en el artículo 75 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Cuarto.—En cumplimiento de lo establecido en el artículo 75.5 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios municipal el presente acuerdo plenario, así como las resoluciones que a tenor de la competencia establecida en el artículo 75.5 de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, dicte la Alcaldía determinando la identidad de los miembros de la Corporación que desempeñarán los cargos en régimen de dedicación exclusiva y parcial.

Quinto.—En el presupuesto municipal de gastos en vigor para el ejercicio de 2015, se realizarán las correspondientes adaptaciones para distribuir los créditos presupuestarios necesarios para atender el pago de las retribuciones de los cargos municipales con dedicación exclusiva y parcial, así como las asignaciones económicas a los grupos municipales derivadas del presente acuerdo”.

Y para que así conste, expido el presente de orden y con el visto bueno de la alcaldesa-presidenta en El Álamo, a 9 de julio de 2015.—El secretario, Carlos Carbajosa del Olmo.—La alcaldesa, Natalia Quintana Serrano.

(03/22.627/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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