Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 177

Fecha del Boletín 
28-07-2015

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150728-156

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21

156
Ejecución 129 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Araceli Crespo Pascual, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 129 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Fernández Godoy, don Ignacio José Cabañero Bacaicoa, don Jacinto Vázquez Castaño, don Luis Javier López Hidalgo, doña María José Vázquez Granizo, doña María de los Ángeles Suárez Agudo, doña María Belén Gutiérrez García, don Miguel Quintela Alonso, doña Montserrat Uzquiano Gallego, doña Silvia Yubero Acedo y doña Sonia Barnechea Martínez, frente a “Qualibérica Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de fecha 13 de enero de 2015, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se acuerda dejar en suspenso la ejecución despachada por encontrarse la entidad ejecutada “Qualibérica Seguridad, Sociedad Limitada”, en situación de concurso de acreedores.

Transfiérase la cantidad de 2.178,00 euros que obra consignada en la cuenta, a la del Juzgado de lo mercantil número 3 de Valencia, a fin de que sea aplicada en sus autos número 1.084 de 2014.

Procédase a la cancelación de todos los embargos trabados en las presentes actuaciones, librándose a tal fin los correspondientes oficios.

Notifíquese la presente resolución al administrador concursal don José Manuel Saurat Marín.

Se acuerda el cierre de la presente pieza de ejecución parcial y su unión a los autos principales, con el número 291 de 2013, una vez se reciban de la Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La secretaria judicial, María Angustias Caro Vida.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Qualibérica Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.

En Madrid, a 29 de junio de 2015.—La secretaria judicial (firmado).

(03/20.990/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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