Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
24-07-2015

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150724-58

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA CAÑADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Modificación ordenanza precio público enseñanzas especiales

Por el presente se hace público que el acuerdo provisional de modificación de la ordenanza reguladora del precio público por enseñanzas especiales impartidas en establecimientos municipales, que fue adoptado por la Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 20 de mayo de 2015, ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo durante el período de su exposición pública, entrando en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR ENSEÑANZAS ESPECIALES EN ESTABLECIMIENTOS MUNICIPALES

Se modifican las siguientes tarifas incluidas en el artículo 3, apartado 1.3:



Se añade la siguiente exención en el artículo 3, apartado 2:

— Se establece una exención del pago de la matrícula de las Escuelas del Área de Cultura y Deportes a los alumnos inscritos en el último trimestre del curso (abril, mayo y junio), en aquellos grupos con una ocupación por debajo del 60 por 100.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente modificación entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y comenzará a aplicarse a partir del día 1 de septiembre de 2015, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

En Villanueva de la Cañada, a 14 de julio de 2015.—El alcalde, Luis M. Partida Brunete.

(03/21.413/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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